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Visto el Convenio Colectivo del sector limpieza de edificios y
locales de Sevilla y provincia, suscrito por las patronales Apel,
Aspel y las centrales sindicales U.G.T. y CC.OO., con vigencia
desde el 1 de enero de 2011, a 31 de diciembre de 2012.
Visto lo dispuesto en el artículo 90.2 del Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (E.T.), de acuerdo con el cual,
los convenios deberán ser presentados ante la autoridad
laboral, a los sólos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre «Registro y
depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivo de trabajo de la
autoridades laborales», los convenios elaborados conforme a
lo establecido en el título III del texto refundido de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores R.D. 1/95, de 24 de marzo, sus
revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de
comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio de
vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del R.D.
713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre,
por el que se traspasan funciones y servicios a la Junta de
Andalucía, Decreto 14/2010, de 22 de marzo, sobre
reestructuración de Consejerías y el Decreto 97/2011,
de 19 de abril, que establece la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo. Esta Delegación Provincial de
la Consejería de Empleo, acuerda:
Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo
del sector limpieza de edificios y locales de Sevilla y provincia,
suscrito por las patronales Apel, Aspel y las centrales sindicales
U.G.T. y CC.OO., con vigencia desde el 1 de enero de 2011, a 31 de
diciembre de 2012.
Disponer su publicación gratuita en el
«Boletín Oficial» de la provincia.
Sevilla a 9 de noviembre de 2011.
-La Delegada Provincial, Aurora Cosano Prieto.
El presente convenio afecta a todas las empresas que ejerzan la
actividad de limpieza de edificios y locales.