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Resolución 23 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de trabajo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria. Código de Convenio n.º 99014585012004.

Ficha
Título del convenio GESTION Y MEDIACION INMOBILIARIA 
Código convenio 9914585 
Código convenio Nuevo 99014585012004 
Tipo de convenio Sector 
Ambito del convenio BOE 
Convenio Colectivo Entrada en vigor: 01/01/2011
Revision Salarial Entrada en vigor: 01/01/2011
Boletin Boletín Oficial del Estado Número [ Solo para usuarios ] de [ Solo para usuarios ] 
Sección III. OTRAS DISPOSICIONES 
Órgano emisor MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION 
Fecha de entrada en vigor 2011-01-01 
Indice
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Documento en formato PDF
.

Visto el texto del IV Convenio colectivo de trabajo estatal para las Empresas de Gestión y Mediación Inmobiliaria, Código de Convenio n.º 99014585012004, que fue suscrito con fecha 1 de junio de 2011, de una parte por la Asociación Empresarial Gestión Inmobiliaria (AEGI) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales COMFIA-CC.OO y la Federación Estatal de Servicios de UGT (FeS-UGT) en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de La Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de noviembre de 2011.

El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

IV CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE GESTIÓN Y MEDIACIÓN INMOBILIARIA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El presente Convenio colectivo es fruto de la necesidad de regulación homogénea y autónoma de un sector, el de la intermediación inmobiliaria.

La actividad en el sector de la mediación inmobiliaria, definida en el artículo primero del presente convenio, puede ser desarrollada mediante diversos modos de actuación que van desde los trabajadores por cuenta ajena dependientes de una persona física o jurídica hasta los profesionales autónomos que desempeñan su actividad por cuenta propia en un régimen de colaboración con empresas que les proporcionan clientes así como todo tipo de servicios o prestaciones, incluso licencias de uso de una marca.

Todos los operadores anteriormente descritos se dan de forma constante en el sector inmobiliaria y pueden incluso encontrarse colaborando de forma simultánea en una misma organización empresarial, que tenga establecida con cada uno de ellos relaciones jurídicas de diversa...

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